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CERTIFICADO EUROPEO DE SUCESIÓN-HERENCIA

Es un documento público armonizado en la Unión Europea que pueden utilizar los herederos, legatarios y albaceas testamentarios o administradores de la herencia para invocar, en otro Estado miembro, para acreditar sus condiciones y derechos como herederos, y las formas de participación. y regular una herencia determinada. 

El objeto de este certificado es poder acreditar en todos los estados miembros de la Unión Europea la condición de heredero de una persona, sus derechos hereditarios, la adjudicación de bienes de la herencia, y las facultades de los albaceas y administradores de la herencia.

En resumen, lo que acredita este certificado es lo siguiente:

  • Misma condición de heredero o legatario de una persona
  • Las cuotas o bienes que corresponden a los herederos en un proceso sucesorio
  • Las facultades que tiene una persona para ser albacea testamentario o administrar la herencia
  • La ley aplicable a la sucesión, y el contenido de la sucesión.

Es un documento voluntario, por lo que no debe aportarse en un proceso de herencia, a menos que así lo consideren los herederos. Pero puede ser obligatorio cuando un determinado notario o autoridad pública lo exija en un proceso sucesorio para ser ejecutado en un país diferente al nacional del causante.

Es necesario saber que este Certificado se expide conforme a la ley de la nacionalidad del heredero, por lo que debe producirse en el país del que es nacional el heredero.

Este certificado tiene efectos jurídicos principalmente en tres aspectos.

  • Protege a los herederos de la herencia que están acreditando.
  • Se puede utilizar como prueba legal de la herencia que pertenece al heredero.
  • Se requiere como documentación a la hora de inscribir los bienes de una herencia en un registro público.
  • Tiene un periodo de vigencia de 6 meses

Certificado sucesorio europeo: dónde solicitarlo

Para solicitar su tramitación lo primero que debe hacer es presentar la solicitud a un notario en su país, pero también se puede emitir por los tribunales, dependiendo de la legislación del país y del tipo de procedimiento.

¿Cuándo es necesario y obligatorio el Certificado Sucesorio Europeo?

Normalmente, cuando la herencia o sucesión de una persona fallecida se esté ejecutando en un país distinto al de su nacionalidad, y tal sucesión se rija por las leyes de la nacionalidad del causante.

Varios ejemplos:

  • Una herencia de un difunto belga, holandés, alemán, etc. que hizo testamento en Bélgica, Alemania, Holanda. Tal testamento se rige por la ley belga, alemana, holandesa, etc. y el causante tenía ciertos bienes en España. La familia desea otorgar testamento en España, y tienen dudas sobre quiénes son los herederos, qué derechos tienen sobre los bienes en España, qué porcentaje se aplica a la sucesión, etc.

En estos casos, es recomendable solicitar el Certificado de Sucesión en sus países, ya que acreditará todos estos términos.

También es posible que sea el notario español quien exija a la familia obtener este certificado de su país, ya que pueden tener dudas sobre quiénes son los herederos, o cómo hacer el reparto de la herencia, etc.

  • También puede ocurrir que el causante de nacionalidad belga, holandesa, francesa o alemana, etc. haya hecho testamento en España, pero por aplicación de las reglas para determinar la ley aplicable en el testamento, la ley del país de nacionalidad del testador es aplicable, es decir, la ley belga, holandesa, etc.

Como explicamos en nuestra sección especializada en https://spanishsolicitors.com/servicios/impuestos sobre sucesiones, un testamento español no tiene por qué estar necesariamente regulado por las leyes españolas. El hecho de que un testamento se haga en un país no significa que la ley aplicable en ese testamento sea la de ese país. Según el derecho de la Unión Europea, es muy posible que el testador haya indicado en el testamento hecho en España que deseaba que la ley aplicable al testamento fuera la de su nacionalidad y no la española. Esto es perfectamente aceptable entre los Estados miembros de la Unión Europea. En caso de que el testador no haya indicado nada al respecto en su testamento, la ley aplicable a un testamento será la ley del país en el que el testador haya residido permanentemente durante los últimos 5 años de vida.

En estos casos, el notario español, al otorgar el testamento, y teniendo que interpretar las leyes de otro país, puede tener dudas, y por ello puede exigir a la familia o herederos que aporten un Certificado Sucesorio Europeo emitido en su país.

En estos casos, lo mejor es acudir a los servicios de un notario o abogado en sus países de origen para que les oriente en el proceso de obtención de este Certificado.

 

 

 

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