Licencia Turística en Andalucía- Requisitos y proceso para obtener la Licencia Turística
- 1 El alquiler de su propiedad para la actividad turística implica un proceso determinado.
- 1.0.1 Primero: ¿Qué es una “actividad de alquiler turístico”? : Esta es la actividad donde se alquilan y ofrecen casas y apartamentos para vacaciones (y no para residencia permanente) utilizando plataformas en línea como Airbnb, Homeaway, Booking, etc.
- 1.0.2 LICENCIA DE ALQUILER TURÍSTICO
- 1.0.3 1.- APARTAMENTOS QUE YA TIENEN “CERTIFICADO DE HABITACIÓN” (También llamado “Licencia de Ocupación”) y construidos “antes de 1988”.
- 1.0.4 2.- APARTAMENTOS QUE NO CUENTAN CON “CERTIFICADO DE HABITACIÓN” y fueron construidos “después de 1988”.
El alquiler de su propiedad para la actividad turística implica un proceso determinado.
Primero: ¿Qué es una “actividad de alquiler turístico”? : Esta es la actividad donde se alquilan y ofrecen casas y departamentos para vacaciones (y no para residencia permanente) utilizando plataformas en línea como Airbnb, Homeaway, Booking, etc.
Es una propiedad donde existen las siguientes condiciones:
- Cuando hay una compensación por el uso.
- Cuando hay disponibilidad inmediata del apartamento.
- Cuando el "uso" o "destino" del apartamento es "turístico"
- Cuando se hace de forma "regular". "Regularmente" significa que está usted en UNO de los siguientes casos:
- Cuando el alquiler sea gestionado por grandes operadores / empresas turísticas
- Cuando publica la propiedad en canales turísticos (internet, periódicos, etc.).
- Cuando aún incluso no siendo usted “una empresa”, realiza algunos de estos servicios: mantenimiento y reparación de propiedades, servicios de habitación, limpieza de apartamentos, baños, etc., lavado de ropa privada o equipo de apartamentos (sábanas, toallas, etc.), custodia de equipaje, etc.
¿Entonces cuando alquila su propiedad para fines "residenciales", con plazos a "medio" o "largo" de inquilinos que alquilan para "vivir", o bien para "turismo de temporada", en estos casos, su actividad quedará fuera de esta regulación de "propiedad turística". Los “alquileres residenciales” estarán regulados por la ley general de alquiler (o “Ley de Arrendamientos Urbanos”). Por lo tanto, no necesitará seguir estos requisitos formales de registro, pero, como se explica a continuación, deberá declarar sus ingresos por alquiler para los impuestos españoles.
LICENCIA DE ALQUILER TURÍSTICO
Para realizar la actividad de alquiler turístico es necesario tener en cuenta varios factores y requisitos mínimos como los siguientes:
- Ventilación directa al exterior de cada habitación exterior (o patios) y un tipo de sistema de oscurecimiento de ventanas.
- Estar suficientemente amueblado y equipado con todos los dispositivos necesarios para su uso inmediato.
- Acondicionamiento térmico mediante elementos fijos en las habitaciones y habitaciones cuando:
Meses de mayo a septiembre: refrigeración
Meses de octubre a abril: calefacción - El apartamento debe estar equipado con botiquín de primeros auxilios.
- Necesita tener información turística disponible del área, áreas de ocio de interés turístico, servicios, medios de transporte, mapa de la ciudad y guías turísticos.
- La casa tendrá hojas de reclamos y reclamos disponibles para todos los huéspedes.
- Limpieza completa de la casa a la entrada y salida de los invitados.
- Se debe proporcionar un número de contacto telefónico a todos los usuarios para que los usuarios puedan resolver todas las dudas o incidentes que ocurran.
- Hojas de manual e instrucciones de cada dispositivo.
Finalmente, todos los usuarios deberán contar con la información relativa a las normas internas en cuanto al uso de las instalaciones, unidades y equipos de la casa, así como la admisión de mascotas en la casa, restricciones para fumadores así como áreas de uso restringido, y TRÁMITES DEL PLAN DE EMERGENCIA Y DOCUMENTACIÓN PARA LA LICENCIA.
Para garantizar que la casa se pueda utilizar con fines turísticos, debe tener un licencia de ocupación para fines turísticos según el Decreto 28/22. BOJA N ° 28 de 11/02/0216.
Para obtener la “licencia de ocupación con fines turísticos” hay dos formas:
1.- APARTAMENTOS QUE YA TIENEN “CÉDULA DE HABITACIÓN” (También llamado "Licencia de Ocupacion“) y construido “antes de 1988”.
En estos casos, la misma “Cédula de habitabilidad” es válida para obtener la “Licencia Turística”.
2.- APARTAMENTOS QUE NO DISPONEN DE “CÉDULA DE HABITACIÓN” y fueron construidos “después de 1988.
En estos casos, la licencia de ocupación para fines turísticos debe solicitarse en el Registro General del Departamento de Planificación del Ayuntamiento. Documentos requeridos:
- Formulario de solicitud: 1 copia y 1 original con la referencia catastral
- Fotocopia DNI, NIE o CIF.
- Prueba de re-representación si es una persona jurídica.
- Comprobante de pago de la tasa correspondiente.
En este caso, también será necesaria la presentación de documentación técnica, que es:
- Certificado, descriptivo y gráfico, realizado y firmado por un técnico competente, que debe contener:
- Fecha de finalización del trabajo.
- Descripción del estado del edificio y sus instalaciones.
- Identificación catastral y registral de la propiedad.
- Formulario de declaración responsable del Técnico u otro documento emitido por el colegio oficial, de acuerdo con el documento Modelo 14 de la gestión de planificación urbana del ayuntamiento.
Una vez obtenida la licencia de ocupación para alquiler turístico en Andalucía, La inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía es obligatoria, para realizar la prestación del servicio de alojamiento en vivienda de alquiler turístico, con todo ello deberá presentar un documento denominado “Declaración Responsable” ante el Gobierno Regional responsable del turismo, el contenido de este documento será:
- Datos correspondientes a la identificación de la casa:
- Referencia catastral
- Capacidad basada en licencia de ocupación
- Datos del propietario y dirección para notificaciones.
- Identificación de la persona que realizará la actividad y el título que lo habilita.