Nueva ley en la Comunidad Valenciana del 22 de noviembre de 2023. Reducción del 99 % en el impuesto sobre sucesiones y donaciones
El 22 de noviembre de 2023, el Gobierno valenciano aprobó una nueva ley que tendrá un gran impacto en la regulación del impuesto sobre sucesiones y donaciones en la Comunidad Valenciana (Castellón, Alicante y Valencia).
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Básicamente, se compone de los siguientes aspectos:
– En materia de impuestos sobre sucesiones y donaciones, amplía la reducción fiscal al 99 % del pago final una vez calculado el impuesto a pagar.
– En lo que respecta al Impuesto sobre donaciones, amplía la bonificación a los cónyuges (en la normativa anterior sobre el impuesto sobre donaciones, las donaciones entre cónyuges no estaban subvencionadas).
Veamos cómo funciona:
Antecedentes
Antecedentes de las bonificaciones en la normativa fiscal
- Beneficios originales para la familia : Durante muchos años, el Impuesto de Sucesiones en Valencia era bastante ligero para los ciudadanos.
Esto se debía a que existían importantes deducciones (99 %) para los familiares directos, como los hijos, los padres y los cónyuges del fallecido. - Reducción de las deducciones desde 2017 : A partir de 2017, las deducciones se redujeron aún más para aumentar los ingresos del gobierno. En general, la deducción se redujo al 50 %. Sin embargo, para los hijos menores de 21 años o las personas con determinados grados de discapacidad, la deducción es del 75 %.
- Crítica al impuesto : El Gobierno valenciano ha recogido las críticas que históricamente se han vertido contra este impuesto, argumentando que afecta negativamente al ahorro y a la inversión de los ciudadanos. Además, al gravarse en el momento del fallecimiento, puede suponer una carga emocional y económica para las familias, sobre todo si la herencia no reporta beneficios económicos reales. En ocasiones, las familias incluso se ven obligadas a rechazar la herencia por no poder hacer frente al pago del impuesto.
- Impacto menor en los ingresos del Estado : Además, según el Gobierno valenciano, a pesar de estas críticas, el Impuesto de Sucesiones solo representa un pequeño porcentaje (alrededor del 1 %) de los ingresos totales del Gobierno valenciano.
- Lo mismo ocurre con el impuesto sobre donaciones: Bajo impacto en los ingresos y sin beneficios fiscales : El impuesto sobre donaciones también tiene un impacto mínimo en los ingresos públicos (solo el 0,1 %) y, a diferencia del impuesto de sucesiones, no ofrece ninguna deducción a los contribuyentes valencianos.
Conclusión: modificación de la ley
Debido a todos estos factores, se sugiere modificar la Ley 13/1997 para aumentar los incentivos fiscales, especialmente para las transacciones dentro de la familia.
En resumen, el texto describe la evolución del impuesto sobre sucesiones y el impuesto sobre donaciones en Valencia y cómo afectan a las familias, y sugiere cambios en la ley para que sean más favorables para los ciudadanos, especialmente en el contexto de las transacciones familiares.
¿El nuevo impuesto sobre sucesiones y donaciones en la Comunidad Valenciana?
Impuesto sobre sucesiones
Se aprueba una bonificación del 99 % del tipo impositivo para las adquisiciones a causa de muerte y las percepciones de cantidades obtenidas por los beneficiarios de seguros de vida que se sumen a la herencia realizadas por familiares del fallecido pertenecientes a los grupos I y II del artículo 20.2. a de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones:
- Grupo I: adquisiciones por descendientes y adoptados menores de veintiún años
- Grupo II: adquisiciones por descendientes y adoptados mayores de veintiún años, cónyuges, ascendientes y adoptantes
Impuesto sobre donaciones y legados
En segundo lugar, se introduce también la reducción del 99 % para las adquisiciones por donación u otros actos lucrativos entre vivos a favor del cónyuge, los padres, los adoptantes, los hijos o los adoptados del donante, simplificando la normativa actual sobre las reducciones asociadas al parentesco y, lo que es más importante, incorporando a los cónyuges del donante como beneficiarios.
Se incluye al cónyuge del donante en la bonificación
La inclusión del cónyuge del donante como bonificado fiscal es muy importante, ya que la legislación anterior no contemplaba en absoluto dicha bonificación. La situación anterior a la aprobación de esta ley permitía aplicar reducciones y bonificaciones del impuesto sobre sucesiones a los descendientes y al cónyuge, pero no ocurría lo mismo en las donaciones, en las que el cónyuge quedaba excluido de las mismas.
Por lo tanto, a partir de la entrada en vigor de esta ley, las donaciones entre cónyuges pueden beneficiarse de la reducción aplicada.
¿Cómo se calculan las sucesiones y donaciones en la Comunidad Valenciana a partir de 2023?
Se sigue aplicando exactamente igual que antes, es decir:
Cálculo de la base imponible
Se incluyen todos y cada uno de los bienes a nombre del fallecido: inmuebles, muebles, cuentas bancarias, etc.
Reducción de la base imponible
Las reducciones incluidas en la normativa anterior se aplican al importe total de la base imponible, es decir:
- Adquisiciones en favor de hijos o hijos adoptivos menores de 21 años: 100.000 euros, más 8.000 euros por cada año que falte para cumplir los 21 años, sin que la reducción pueda superar los 156.000 euros.
- Adquisiciones en favor de hijos o hijos adoptivos mayores de 21 años, por parte del cónyuge, padres o adoptantes: 100.000 euros.
- Adquisiciones por nietos: 100.000 euros, si el nieto es mayor de 21 años, y 100.000 euros, más 8.000 euros por cada año que le falte al nieto para cumplir 21 años, sin que, en este último caso, la reducción pueda superar los 156.000 euros.
- Adquisiciones por abuelos: 100.000 euros.
Tipo impositivo
El tipo impositivo del impuesto se aplica al importe obtenido de la base imponible, que es el siguiente:
Base imponible (hasta €) | Tasa imponible (€) | Base imponible restante (hasta €) | Tipo aplicable (%) |
0 | 0 | 7.993,46 | 7,65 |
7.993,46 | 611,50 | 7.668,91 | 8’50 |
15.662,38 | 1.263,36 | 7.831,19 | 9’35 |
23.493,56 | 1.995,58 | 7.831,19 | 10’20 |
31.324,75 | 2.794,36 | 7.831,19 | 11’05 |
39 155,94 | 3659,70 | 7831,19 | 11,90 |
46 987,13 | 4591,61 | 7831,19 | 12,75 |
54 818,31 | 5590,09 | 7.831,19 | 13’60 |
62.649,50 | 6.655,13 | 7.831,19 | 14’45 |
70 480,69 | 7786,74 | 7831,19 | 15’30 |
78 311,88 | 8.984,91 | 39.095,84 | 16’15 |
117.407,71 | 15.298,89 | 39.095,84 | 18’70 |
156.503,55 | 22.609,81 | 78.191,67 | 21’25 |
234 695,23 | 39 225,54 | 156 263,15 | 25’50 |
390 958,37 | 79 072,64 | 390 958,37 | 29’75 |
781 916,75 | 195 382,76 | En adelante | 34’00 |
Coeficientes multiplicadores
Los siguientes coeficientes multiplicadores se aplican al importe obtenido mediante la aplicación de este tipo:
Patrimonio preexistente | Grupos del artículo 20 (Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Successiones y Donaciones) | ||
EN EUROS | I y II | III | IV |
De 0 a 390.657,88 | 1,0000 | 1,5882 | 2,0000 |
De 390,657.88 a 1,965,309.58 | 1.0500 | 1.6676 | 2,1000 |
De 1.965.309,58 a 3.936.629,28 | 1,1000 | 1,7471 | 2,2000 |
Más de 3.936.629,28 | 1,2000 | 1,9059 | 2,4000 |
Bonificación de tipo
Y, por último, en aplicación de esta nueva ley, se aplica una reducción del 99 % al resultado obtenido tras aplicar las reducciones, los tipos y los coeficientes multiplicadores a la base imponible.
¿Esta reducción significa que a partir de ahora no hay que presentar la declaración del impuesto sobre donaciones y sucesiones?
No. La reducción o bonificación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones no exime a los ciudadanos de la obligación de presentar la declaración. Incluso con una bonificación o reducción del tipo impositivo, siguen siendo necesarios los trámites legales y administrativos.
¿Cuándo entra en vigor la ley?
Acaba de entrar en vigor para todos los casos de sucesiones y donaciones realizadas a partir de ahora.
¿Qué beneficios se pueden obtener con la aplicación de esta ley?
La bonificación fiscal propuesta por esta ley en la Comunidad Valenciana podría tener varias consecuencias para los ciudadanos, principalmente positivas. A continuación, detallo algunas de estas posibles implicaciones:
- Reducción de la carga financiera de las familias :
La bonificación reduciría la carga fiscal de las familias en momentos difíciles, como la pérdida de un ser querido. Esto podría hacer que afrontar el Impuesto de Sucesiones resultara menos abrumador. - Fomento del ahorro y la inversión : La reducción de la carga fiscal sobre las herencias y donaciones puede animar a las personas a ahorrar e invertir más, sabiendo que sus seres queridos recibirán una mayor parte de sus activos.
- Promoción de las donaciones en vida : Las bonificaciones en el impuesto sobre donaciones pueden animar a los ciudadanos a realizar donaciones en vida, facilitando así la planificación sucesoria y la distribución de los activos.
- Posible impacto en los ingresos públicos : Aunque el impacto del impuesto sobre sucesiones y donaciones en los ingresos totales del Estado es relativamente pequeño, cualquier reducción de los impuestos podría tener un impacto en los ingresos públicos. Esto podría requerir ajustes en otras áreas del presupuesto.
- Mayor equidad fiscal : La bonificación podría percibirse como un paso hacia una mayor equidad fiscal, al aliviar la carga de las familias con ingresos bajos y medios.
- Impacto en el mercado inmobiliario : Facilitar la transmisión de bienes inmuebles podría tener un efecto en el mercado inmobiliario, posiblemente estabilizándolo o aumentando la actividad en determinados segmentos.
- Implicaciones sociales : Al reducir la carga financiera durante la transmisión del patrimonio, esta ley podría tener un impacto social positivo, especialmente en la preservación del patrimonio familiar entre generaciones.
En resumen, la bonificación propuesta en el impuesto de sucesiones y donaciones en la Comunidad Valenciana podría aliviar la carga financiera de las familias, facilitar la transmisión del patrimonio y fomentar el ahorro y la inversión, aunque también podría tener un impacto menor en los ingresos públicos.
¿Qué haces ahora con estas ventajas?
1.- Invertir en propiedades en la Comunidad Valenciana será más barato
Una de las preguntas más frecuentes es «¿Cuánto tengo que pagar de impuesto de sucesiones si tengo una casa en la Comunidad Valenciana?».
Ahora, la respuesta es fácil: Para los familiares: menos del 1 %
2.- No es necesario esperar a que se produzca la herencia para transmitir la propiedad a sus hijos/cónyuges
¡Puede hacerlo ahora, evitando posibles cambios en la legislación sobre el impuesto de sucesiones/donaciones en el futuro!
Por ejemplo, si estaba pensando en transmitir su propiedad española a sus herederos, puede hacerlo ahora, sin tener que preocuparse por futuras subidas de impuestos.
**Algunas fórmulas prácticas:
En caso de que no desee ceder el control total de la propiedad a su cónyuge/hijos ahora, puede transferirla conservando una parte de la propiedad para usted (usufructo) y cediendo a su familia solo la nuda propiedad. De esta forma, podrá transmitir casi todos los derechos sobre la propiedad a la familia, pero, como usufructuario, tendrá derecho a utilizar y controlar la propiedad, incluso a alquilarla para vivir. Usted será el único que decidirá sobre la propiedad mientras viva.
2.- Incluir a los familiares en las escrituras será más barato
Así, ahora puede donar/ceder la totalidad del inmueble, o incluir en las escrituras a su cónyuge, a sus hijos, con una reducción fiscal del 99 % en el impuesto sobre donaciones.
3.- Puede reclamar la devolución de los impuestos ya pagados
Si ha pasado por un proceso de donación o herencia después de mayo de 2023, ¡puede reclamar lo que haya pagado en exceso!
Esto se debe a que la ley tiene efectos retroactivos hasta mayo de 2023
La ley se aplica con carácter retroactivo hasta finales de mayo de 2023. Esto significa que todos los casos de herencia y donación que se hayan producido desde finales de mayo de 2023 pueden beneficiarse de esta nueva normativa.
Puede solicitar la devolución del impuesto pagado en exceso y puede otorgar e incluir en las escrituras a su cónyuge, sus hijos, etc.
Por lo tanto, si ha completado un proceso de herencia o donación desde mayo de 2023, puede beneficiarse de esta nueva normativa y solicitar la devolución del impuesto pagado.
Servicio de asesoramiento de TLA
TLA ha creado un servicio especial de estudio para ayudar a todos aquellos que deseen conocer la nueva ley y cómo afecta a su patrimonio español, y qué hacer al respecto.
Si se encuentra en alguna de estas situaciones:
- Está pensando en donar, regalar o incluir a un familiar en la escritura de su propiedad. ¡Puede formalizar su herencia AHORA! (evitando futuras subidas del impuesto).
- Está pensando en dejar su propiedad a sus hijos o a uno de sus cónyuges
- Está involucrado en un proceso de herencia o donación/donativo en curso
- Si ha estado involucrado en un proceso de herencia/donación completado después de mayo de 2023
¿Cómo puedo ponerme en contacto con TLA para que me ayude?
Simplemente póngase en contacto con nosotros, y estaremos encantados de ayudarle en estas situaciones.
TLACORP SLP