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Pueden mis vecinos prohibir alquiler turístico en la comunidad de propietarios?

¿Pueden mis vecinos prohibir los alquileres turísticos en España?

Si está pensando en invertir en una propiedad en España con fines turísticos, o si ya es propietario de un piso que desea anunciar en plataformas como Airbnb o Booking, debe conocer primero las limitaciones legales que pueden aplicarse en los bloques de apartamentos o comunidades residenciales (urbanizaciones). En los últimos años, el auge de los alquileres turísticos ha provocado tensiones crecientes entre vecinos, y la legislación española ha introducido mecanismos específicos para permitir a las comunidades de propietarios limitar o prohibir esta actividad en determinadas condiciones.

A continuación, explicamos cuándo y cómo tus vecinos (a través de la comunidad de propietarios) pueden restringir o prohibir legalmente los alquileres turísticos, qué ley se aplica y si esas restricciones pueden aplicarse con carácter retroactivo.

 

¿Por qué una comunidad de propietarios querría prohibir los alquileres turísticos?

Los alquileres turísticos, aunque rentables, a menudo pueden generar molestias en las comunidades residenciales, tales como:

  • Ruido frecuente de diferentes huéspedes.
  • Presencia constante de desconocidos en las zonas comunes.
  • Uso indebido de piscinas, jardines, ascensores o plazas de aparcamiento.
  • Aumento de los gastos de mantenimiento debido al mayor desgaste.
  • Problemas de seguridad.

Estos problemas pueden afectar negativamente al disfrute pacífico de la propiedad para los residentes a largo plazo. Por ese motivo, la legislación española reconoce el derecho de las comunidades de vecinos (comunidades de propietarios) a votar restricciones o incluso la prohibición total de los alquileres turísticos dentro del edificio o urbanización.

 

¿Qué ley permite a las comunidades prohibir los alquileres turísticos?

La base legal de estas restricciones es el Real Decreto Ley 7/2019, de 1 de marzo, que modificó la Ley de Propiedad Horizontal. Esta ley regula la gestión de los edificios residenciales y las urbanizaciones cuando la propiedad está dividida entre varios copropietarios.

El artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal establece ahora que:

«Una resolución adoptada por una mayoría de 3/5 del número total de propietarios, que represente 3/5 de las cuotas de propiedad, podrá limitar o condicionar el ejercicio de la actividad de alquiler turístico de viviendas, o incluso prohibirlo totalmente».

Esto significa que no es necesaria la unanimidad, que era la norma antes de 2019. Ahora, si al menos el 60 % de los propietarios que representan el 60 % de las cuotas del edificio votan a favor, se puede restringir o prohibir el alquiler turístico.

 

¿Puede la comunidad aumentar los gastos de los alquileres turísticos?

Sí. La misma ley también otorga a las comunidades de propietarios la facultad de aprobar un recargo de hasta el 20 % sobre los gastos comunes (cuotas de comunidad) para los propietarios que utilicen sus inmuebles para alquiler turístico. Esta medida tiene por objeto compensar a la comunidad por el uso adicional de las instalaciones y recursos comunes que supone la estancia de huéspedes de corta duración.

Esta resolución también requiere una mayoría de 3/5 de los votos y debe estar claramente justificada y ser proporcional.

 

¿Esta prohibición tiene carácter retroactivo?

No. Cualquier prohibición o limitación del alquiler turístico aprobada por la comunidad de propietarios no tiene carácter retroactivo. Esto significa que:

  • Si el propietario de un inmueble ya tenía una licencia turística válida en el momento en que la comunidad aprobó la prohibición, puede seguir explotando el alquiler turístico.
  • Sin embargo, los nuevos propietarios o los inmuebles que no hayan registrado su licencia antes de la votación se verán afectados.

Este principio se basa en la seguridad jurídica: no se pueden aplicar nuevas normas a situaciones que eran legales según las normas anteriores, especialmente cuando el propietario ya ha obtenido una licencia o ha presentado la documentación necesaria a la autoridad competente.

 

¿Es obligatorio registrar el acuerdo?

Sí. Para que la limitación, condición o prohibición sea oponible a terceros (como futuros compradores o inquilinos), debe:

  1. Ser votada y aprobada por la mayoría requerida (3/5).
  2. Quedar formalmente consignada en el acta de la junta de la comunidad.
  3. Registrarse en el Registro de la Propiedad.

Sin el registro, un futuro comprador podría no tener conocimiento de la restricción y podría impugnar su aplicabilidad.

 

¿Qué ocurre si se incumple la prohibición?

Si alquila su propiedad para uso turístico a pesar de una prohibición válida adoptada por la comunidad:

  • Puede enfrentarse a reclamaciones civiles por parte de la comunidad por incumplimiento del acuerdo.
  • La comunidad puede presentar una acción de cesación para obligarle legalmente a dejar de hacerlo.
  • También puede enfrentarse a multas administrativas por parte del gobierno local si opera sin la licencia turística necesaria o incumple la normativa local.

 

Conclusión: comprueba las normas de la comunidad antes de invertir

Si estás pensando en comprar un piso en España para alquilarlo a turistas, comprueba siempre los estatutos de la comunidad de propietarios, las actas de las últimas reuniones y si existe alguna limitación al alquiler turístico o si se está debatiendo alguna. Esta información es esencial antes de realizar la compra, y tu abogado debe solicitarla como parte del proceso de diligencia debida.

Recuerde: aunque el alquiler turístico sea legal en su región y su propiedad cumpla los requisitos para obtener una licencia, sus vecinos pueden tener voz y voto, y la ley les da la razón para limitar o prohibir la actividad.

 

Si necesita asesoramiento jurídico antes de comprar una propiedad o ayuda para solicitar una licencia de alquiler turístico, nuestro equipo jurídico está a su disposición. Póngase en contacto con nosotros hoy mismo para una consulta personalizada.