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Registro de alquileres turísticos-Málaga-Sevilla-Granada

Licencias de alquiler turístico en Andalucía: guía legal completa para propietarios

Si está pensando en alquilar su propiedad en Andalucía — en zonas como Málaga, Sevilla, Cádiz, Granada, Almería o Córdoba — para uso vacacional a corto plazo a través de plataformas como Airbnb, Booking.com, Vrbo o HomeAway, debe cumplir con un marco legal específico establecido por la Junta de Andalucía.

Alquilar tu propiedad con fines turísticos implica mucho más que publicar un anuncio en Internet. Requiere una y el registro en el Registro de Turismo de Andalucía. Aquí te explicamos todo lo que necesitas saber.


 

¿Qué se considera «actividad de alquiler turístico» en Andalucía?

Se considera que un inmueble se dedica a la actividad de alquiler turístico cuando se da cualquiera de las siguientes condiciones:

  • El inmueble se alquila a cambio de dinero.

  • Se ofrece para estancias cortas, con disponibilidad inmediata.

  • El uso previsto es claramente touristic, not residential.

  • La actividad es regular y continua, aunque no sea diaria.

 

Se considera que usted ofrece un alquiler turístico si:

  • El alquiler está gestionado por agencias profesionales o empresas turísticas.

  • Usted publica la propiedad en plataformas de reserva online o canales turísticos.

  • Usted proporciona servicios normalmente relacionados con el uso hotelero o turístico, tales como:

    • Limpieza entre estancias

    • Lavado de ropa de cama y toallas

    • Mantenimiento o reparaciones

    • Registro de huéspedes o consigna de equipaje

    • Servicios de habitaciones o atención similar

Si ninguno de estos casos es aplicable y alquila la propiedad a largo plazo para uso residencial (es decir, a familias o particulares durante meses o años), entonces la actividad se rige por la Ley de Arrendamientos Urbanos y no requiere licencia turística, aunque sí debe declarar los ingresos por alquiler a efectos fiscales.


 

Paso 1: Cumplir con los requisitos de alquiler turístico

Para alquilar legalmente su propiedad a turistas, debe cumplir los requisitos mínimos establecidos en el Condiciones estructurales y de habitabilidad

  • Cada habitación debe tener ventilación directa al exterior o a patios y un sistema de sombreado de ventanas.

  • La vivienda debe estar suficientemente amueblada y equipada para su uso inmediato.

  • De mayo a septiembre: sistema de refrigeración

  • De octubre a abril: sistema de calefacción

 

  • Debe haber un botiquín de primeros auxilios disponible en la propiedad.

  • Se debe proporcionar a los huéspedes instrucciones y manuales para los electrodomésticos y dispositivos.

 

Información turística y servicio de atención al huésped

  • Información impresa o digital sobre la zona, incluyendo mapas, opciones de transporte, lugares turísticos y actividades de ocio.

  • Se debe facilitar un número de teléfono de contacto para ayudar a los huéspedes en caso de incidentes o preguntas durante su estancia.

  • Se requiere un servicio de limpieza antes y después de cada estancia.

  • Una copia de las normas internas de la casa, que incluyen:

    • Uso de electrodomésticos y servicios

    • Políticas sobre mascotas

    • Restricciones sobre el consumo de tabaco

    • Procedimientos de emergencia

    • Áreas de acceso restringido

  • Los formularios de reclamación (Hojas de Reclamaciones) deben estar a disposición de los huéspedes.


 

Paso 2: Obtener la licencia de ocupación para uso turístico

Para registrar tu propiedad para alquiler turístico en Andalucía, primero debe tener una Licencia de Ocupación válida o un documento equivalente que demuestre que la propiedad es apta para ser habitada.

Hay dos posibilidades:

1. Propiedad construida antes de 1988 con un certificado de ocupación vigente

Si su propiedad fue construida antes de 1988 y ya cuenta con un Certificado de Habitabilidad válido, este documento es suficiente para obtener la licencia turística. Por lo general, no se requiere documentación técnica adicional.

2. Propiedad construida después de 1988 o sin certificado

Si la propiedad no tiene licencia de ocupación o fue construida después de 1988, deberá solicitarla en el Departamento de Urbanismo

de su Ayuntamiento local.

Documentación necesaria:

  • Formulario de solicitud (1 copia + original), incluyendo referencia catastral

  • Fotocopia de su DNI / NIE / CIF

  • Prueba de representación legal (si actúa a través de una empresa)

  • Justificante del pago de las tasas administrativas

Además, deberá presentar documentación técnica:

  • técnico cualificado, que incluya:
    • Fecha de construcción

    • Descripción del estado actual de la propiedad y sus instalaciones

    • Referencias catastrales y registrales

  • Una Declaración responsable firmada por el técnico o sellada por su colegio profesional, basada en el modelo 14 de la oficina de urbanismo.


 

Paso 3: Inscribir la propiedad en el Registro de Turismo de Andalucía

Una vez aprobada la licencia de ocupación, debe registrar su propiedad en el Registro de Turismo de Andalucía presentando una «Declaración Responsable» ante la Consejería de Turismo (Oficina de Turismo del Gobierno Regional).

Esta declaración debe incluir:

  • Referencia catastral del inmueble

  • Capacidad máxima de huéspedes, según la licencia de ocupación

  • Detalles completos del propietario y una dirección de notificación
  • Nombre e identificación de la persona que gestiona la actividad de alquiler, y su autoridad legal para hacerlo

Este paso es obligatorio antes de poder anunciar o alquilar legalmente la propiedad a turistas. Tras enviarlo, recibirás un número de registro
(VFT/XX/XXXX)
que deberá aparecer en todos sus anuncios y listados.


 

Notas adicionales sobre el cumplimiento

  • Debe registrar la información de los huéspedes en la policía local utilizando el sistema partes de entrada.

  • Usted está legalmente obligado a declarar todos los ingresos por alquiler en su declaración de la renta española.

  • El incumplimiento de las normas de registro o funcionamiento puede dar lugar a multas que oscilan entre 2.000 y 150.000 euros, dependiendo de la gravedad.

  • Para los propietarios extranjeros, es muy recomendable designar a un representante fiscal y legal en España para gestionar el cumplimiento y la presentación de documentos.


 

Cómo puede ayudar TLACORP

En TLACORP, ofrecemos asistencia legal completa a los propietarios que desean alquilar sus viviendas en Andalucía para uso turístico. Nuestros servicios incluyen:

  • Análisis legal de la idoneidad del inmueble

  • Solicitud de la licencia de ocupación

  • Preparación y presentación de la documentación técnica y jurídica

  • Inscripción en el Registro Andaluz de Turismo

  • Asesoramiento sobre obligaciones tributarias y representación fiscal

  • Redacción de contratos y cumplimiento de la legislación en materia de protección de los consumidores

Trabajamos con propiedades en Málaga, Sevilla, Cádiz, Granada, Almería, Córdoba y otras localidades de Andalucía.


 

¿Listo para empezar?

Si estás pensando en convertir tu casa en un alquiler turístico legal en Andalucía, podemos guiarte a lo largo de todo el proceso con claridad y eficiencia.

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