Proceso de construcción en suelo urbano

Una vez que tenga el permiso de construcción, debe contratar los servicios de un constructor o contratista para ejecutar el proyecto y construir la casa.

Este constructor debe seguir las instrucciones del arquitecto para ejecutar la construcción tal y como se ha proyectado.

 

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El arquitecto

En este punto, es muy importante prestar atención al trabajo del arquitecto.

Cuando se contratan los servicios de un arquitecto español para realizar el proyecto de construcción, este completará su trabajo una vez obtenido el proyecto. Pero también puede contratar sus servicios para «controlar» las obras realizadas por el constructor y garantizar que todos los pasos de la construcción se realicen según lo especificado en el proyecto. En español, esto se denomina «Control de Obra» o «Supervisión Técnica de la Obra». Por supuesto, los honorarios del arquitecto serán más elevados si asume este trabajo, pero las garantías de la construcción serán mayores, ya que los trabajos del constructor serán inspeccionados periódicamente por el arquitecto.

Es muy importante que el arquitecto esté colegiado en el Colegio Oficial de Arquitectos de la región.

A continuación, debe nombrar a un arquitecto y acordar con él un contrato en el que se especifiquen exactamente sus responsabilidades, los plazos y los costes de las construcciones. Los honorarios del arquitecto incluyen la preparación de la «memoria de calidades» (lista de especificaciones de calidad de los materiales). Debe ser detallada e incluir, por ejemplo, la fórmula del hormigón, el tipo de materiales y el tamaño de las tuberías, planos, etc.

El arquitecto dará instrucciones a un aparejador, un ingeniero arquitectónico cualificado, que supervisará la construcción, realizará inspecciones in situ y se asegurará de que la construcción se realiza según las normas exigidas. Este emitirá los certificados del arquitecto necesarios para obtener el Certificado de Fin de Obra (Certificado de Finalización de las Obras) y la Licencia de Primera Ocupación (Certificado de Habitabilidad).

Deberá preparar un pliego de condiciones exacto para la construcción y, a continuación, encontrar un constructor de confianza. Su arquitecto puede aceptar la responsabilidad de esta tarea, así como de la supervisión. Debe acordar una fecha de finalización, con una cláusula de penalización a su favor en caso de retraso. Esto debe incorporarse a un contrato legalmente vinculante que se firmará con el constructor.

Seguro Decenal

Además, en este punto es muy importante que considere lo que se denomina «SEGURO DECENAL».

Cuando compra sobre plano a un constructor o promotor español, o construye una nueva propiedad (que es el caso ahora), el constructor o promotor, junto con el arquitecto, debe garantizarle que las partes esenciales y más importantes de la construcción estarán seguras durante al menos diez años.

Para confirmar esta responsabilidad, la normativa española obliga a los promotores de edificios nuevos a asegurar las partes más importantes de la construcción, como los cimientos, la estructura interna, las vigas, etc. Otros defectos que afecten a la habitabilidad de la propiedad están cubiertos durante 3 años. Otros defectos menores están cubiertos durante 1 año. En los dos últimos casos no es obligatorio contratar un seguro, pero obviamente si un constructor puede ofrecerlo como garantía adicional, será mejor.

Además, es una garantía adicional para la construcción, ya que la misma compañía de seguros obligará al constructor a pasar determinadas inspecciones de calidad, para comprobar la calidad de los materiales y los trabajos realizados en la propiedad, con el fin de ofrecer la póliza adecuada.

El seguro decenal español es obligatorio cuando el promotor es una empresa dedicada a la construcción de viviendas para la venta.

Sin embargo, es voluntario cuando el promotor es un particular, normalmente el propietario del terreno. En España se denomina «Autopromotor», traducido como «Self-Promoter» o «Self-Developer». Este es el caso en el que un particular compra un terreno en España con la intención de construir una vivienda para sí mismo, pero no tiene la actividad de comprar para vender. En estos casos, la legislación española ofrece a estos particulares la opción de no solicitar este seguro, ya que el Gobierno español entiende que, si un particular está construyendo algo para vivir en él, tomará las precauciones necesarias para construir de forma segura. Por lo tanto, el particular puede elegir entre ahorrar costes evitando pagar este seguro o, en su caso, contratarlo para tener una mejor protección frente a los problemas y defectos de construcción.

Pero, si usted, como autopromotor, decide no solicitar este seguro, en el futuro, si decide vender la vivienda a otros compradores, la legislación española le obliga a informar a los posibles compradores de que la construcción no está cubierta por esta garantía, y ellos deben aceptarlo expresamente como condición esencial de la venta. Desde el punto de vista de un posible comprador, siempre será mejor comprar una propiedad con este seguro. Por lo tanto, deben ser debidamente informados y deben confirmar que la propiedad no cuenta con ningún seguro de este tipo.

El constructor

Como promotor de la construcción, usted debe contratar los servicios de un constructor para ejecutar la construcción según el proyecto y siguiendo las instrucciones del arquitecto. Uno de los elementos más importantes de la construcción de una propiedad es el contrato de construcción con el constructor. El constructor siempre tratará de proteger sus intereses y, si usted no tiene experiencia con este tipo de contratos, su propiedad puede acabar siendo de una calidad muy inferior a la esperada, o tardar el doble de tiempo de lo prometido, o incluso peor.

Para protegerse, asegúrese siempre de que su abogado redacte el contrato o negocie directamente el contrato propuesto por el constructor.

Los elementos más importantes del contrato son asegurarse de que el contrato tenga en cuenta:

  • El nombre completo y el número CIF (número de identificación fiscal de la empresa) de la empresa constructora y del propietario.
  • Que la construcción se realice con el mayor detalle posible, siguiendo los planos y la descripción del edificio proporcionados por el arquitecto, e incluyendo también una lista detallada de los materiales y calidades («memoria de calidades»).
  • Que los extras (como garaje o piscina, etc.) estén incluidos en el precio
  • Que se incluya en el contrato una fecha de inicio y finalización, teniendo en cuenta también las penalizaciones por retraso en la finalización.
  • Condiciones de pago (las propiedades nuevas pagan más del 20-30 % antes de la fecha de inicio de la construcción y fijan el resto de los pagos en diferentes etapas de la construcción. También se puede recomendar retener el 5-10 % del precio para reparar cualquier defecto después de que se termine la construcción).
  • Que los certificados del arquitecto, los electricistas y el ayuntamiento se entreguen con el último pago.
  • Impuestos relacionados con la transacción, explicando y detallando cuánto corresponde al IVA, el impuesto sobre actos jurídicos documentados, el notario, el registro de la propiedad, etc.

Otros aspectos que recomendamos acordar con el constructor:

  • Asegurarse de que el constructor se encargará de los trámites finales del proceso en lo que respecta a la documentación. Esto significa que el propio constructor obtendrá el Certificado Final de Obras (Certificado Final de Obras), o la Declaración de Obra Nueva, o la División Horizontal (Declaración de Obra Nueva o de División Horizontal) y, lo más importante, la Licencia de OcupaciónCertificado de Habitabilidad (Cédula de Habitabilidad). Estos documentos son extremadamente importantes en terrenos rústicos, en los que no es habitual encontrar suficientes puntos de conexión a la red eléctrica o al suministro de agua.
  • Garantizar que, una vez haya abonado el pago final del precio de la construcción, dispondrá de agua y electricidad conectadas, y con los contratos firmados a su nombre.

¿Por qué es importante obtener del constructor el certificado de habitabilidad, la conexión al agua, la electricidad, etc.?

Porque es muy habitual que el constructor abandone la obra una vez finalizada la construcción, o una vez obtenido el Certificado Final de Obra (CFO) y la Declaración de Obra Nueva (DON).

Con estas certificaciones, el constructor declara que la nueva construcción está terminada (con el CFO) y que la construcción está completa y ya declarada en el registro de la propiedad (DON).

Pero, en esta fase, la declaración administrativa definitiva del edificio no está completa. Queda por obtener el Certificado de Habitabilidad (CH). Este documento es muy importante porque lo necesita para pasar los contratos de suministro de agua y electricidad de «obra» a «vivienda».

Vamos a explicar este concepto de una manera más clara:

Según una interpretación estricta del contrato con el constructor, este finaliza su servicio en el momento en que la propiedad está físicamente terminada y aparece como «vivienda» en el Registro de la Propiedad. Esto se obtiene con los dos documentos mencionados anteriormente:

  • Certificado Final de Obra, que es un documento en el que el arquitecto que ha proyectado la construcción certifica que el edificio ya está terminado, con el cumplimiento tanto del proyecto como de la licencia de obras;
  • Declaración de Obra Nueva (DON), que es el proceso de inscripción de la nueva construcción en el Registro de la Propiedad sobre la parcela existente.

En este momento, usted, como promotor, tiene la vivienda terminada y debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad. Además, la propiedad dispone de electricidad y agua. Por lo tanto, puede pensar que la propiedad está lista para ser habitada… PERO NO ES ASÍ. Para su información, la propiedad aún no está lista para que usted viva en ella, la propiedad aún no es una «casa», es una «construcción» porque, para ser una «casa», necesita los siguientes elementos:

  • CÉDULA DE HABITABILIDAD O LICENCIA DE OCUPACIÓN: Es la confirmación del Ayuntamiento de que la propiedad está lista para ser habitada, y se solicita una vez que la propiedad ha obtenido la Licencia de Obra Final (Certificado Final de Obra) y se inscriba en el registro de la propiedad con la Declaración de Obra Nueva (DON).
    Este documento es necesario para obtener el permiso del ayuntamiento para vivir en la vivienda. Antes de obtenerlo, lo que se tiene es una construcción, pero no una «vivienda». Este documento será necesario para obtener el suministro individual de los servicios públicos a su nombre y con el consumo correspondiente a una «vivienda».
    • CERTIFICADO DE CONEXIÓN ELÉCTRICA (Boletín de Electricidad) : Antes de que el constructor obtenga el certificado de habitabilidad, puede haber suministro de agua y electricidad en la construcción, ya que es normal que el constructor obtenga este suministro para realizar las obras de la vivienda (para las herramientas, la maquinaria, etc.). Pero el suministro obtenido por el constructor es un suministro para «obras», no para el consumo de la «vivienda». A veces, los compradores o promotores se quedan en sus propiedades con el suministro de electricidad y agua «para uso en obras» durante muchos años, porque el constructor no ha obtenido el CH (Certificado de Habitabilidad) correspondiente. Tienen agua y electricidad, pero en muy malas condiciones y más caras que el suministro normal para una vivienda. Por lo tanto, para garantizar que usted, como comprador o promotor, obtendrá el CH adecuado por parte del constructor, es recomendable dejar una parte del pago del precio acordado con el constructor para que se abone cuando se obtenga el CH.
      De esta manera, se obligará al constructor a trabajar correctamente y a hacer todo lo posible para obtener este documento lo antes posible.

    Por lo tanto, como se ha explicado anteriormente, le recomendamos encarecidamente, como promotor o comprador, que obtenga garantías de que el constructor le entregará la propiedad en condiciones habitables, con el CH, con el suministro adecuado de agua y electricidad (como una «vivienda») y con la seguridad de que no tendrá ningún problema en el futuro con esto.

    El constructor conoce la zona, conoce al arquitecto y al Ayuntamiento, y obtendrá estos documentos tres veces más rápido y más barato que usted. Además, si quiere que usted le contrate, solo tiene que obtener estos documentos. Si se niega a hacerlo, será un argumento razonable para buscar a otro.

Hipoteca promotor para financiar las obras de construcción de la vivienda española

Es muy habitual que usted, como promotor, necesite solicitar una hipoteca para pagar la construcción de la vivienda. En este caso, existe una hipoteca específica que ofrece el banco para obtener la financiación necesaria para construir la vivienda.

Se denomina: Hipoteca Promotor o Autopromotor (Préstamo o Hipoteca Promotor o Auto-Promotor).

La situación es la siguiente: usted tiene el terreno y una idea inicial sobre la casa proyectada con el arquitecto, y ahora ha encontrado al constructor para realizar la construcción. Pero necesita dinero y tiene que solicitar un préstamo para construir la casa. Entonces acude a su banco y pregunta por las posibilidades de financiación. Tras estudiar su situación personal y económica para confirmar que usted será un buen cliente para devolver los pagos de la hipoteca, si el banco acepta y le ofrece prestarle el dinero para el proyecto. Sin embargo, el banco no le dará el importe total de los gastos de construcción al principio, sino que le irá entregando los fondos por etapas. ¿Qué etapas? Las que se deriven de la propia evolución de la construcción.

Por ejemplo: Imagina que necesita 100 000 € para completar las obras. El banco le dará el 20 % para comprar el terreno y hacer los cimientos, el 20 % cuando la estructura esté terminada, el 30 % cuando el tejado esté terminado, etc., y el resto cuando el arquitecto obtenga la «certificación de licencia de obra final» o Licencia de Final de Obra.
Su banco solicitará a su arquitecto una actualización de los edificios para emitir un certificado que confirme que las obras se han completado satisfactoriamente.

A continuación, usted llevará ese certificado al banco, que le prestará el porcentaje correspondiente a esa fase en relación con el total. Es posible que su banco le pida que la parcela esté a su nombre antes de concederle la hipoteca y que declare la vivienda «en construcción» en el registro de la propiedad. Esto se debe a que, en ocasiones, el constructor le ofrece una de las parcelas que tiene a su nombre para que construya en ella, y la parcela sigue a nombre del constructor hasta que se termina la construcción.

Por lo tanto, para que usted ofrezca una mayor garantía al banco, es posible que le soliciten cambiar el terreno a su nombre e informar al registro de la propiedad de que se está construyendo una vivienda en ese terreno. Si este es el caso, deberá acudir a un notario y obtener la escritura del terreno a su nombre.
Con la escritura del terreno a su nombre, debe acudir al registro de la propiedad junto con el proyecto de construcción y la licencia de obras. De este modo, el registro de la propiedad tendrá la vivienda «en construcción» sobre ese terreno.

Licencia o Certificado Final de Obra

Como se ha explicado anteriormente, una vez finalizadas las obras, es necesario que alguien confirme que el trabajo está terminado. Esta es la labor del arquitecto. Él tiene la obligación de acudir al edificio e inspeccionar que las obras están completamente terminadas y que se han seguido las instrucciones y especificaciones establecidas tanto en su proyecto como en la licencia de obras obtenida. Esto se hace mediante el Certificado Final de Obra.

Pero, mientras tanto, la construcción no está declarada en el registro de la propiedad. Por lo tanto, existe un proceso para inscribir la construcción en el registro de la propiedad, que se denomina: Declaración de Obra Nueva. Este proceso hará que la construcción quede declarada en el registro de la propiedad.

Declaración de Obra Nueva (DON)Se trata de un proceso que se realiza ante un notario español, quien preparará las escrituras de la vivienda sobre el terreno o parcela preexistente.

Para preparar la DON para viviendas nuevas, será necesario obtener el Certificado de Habitabilidad (CH) de la normativa española aprobada en 2007 (Ley del Suelo de 2007). Antes de 2007, las viviendas nuevas podían inscribirse en el registro de la propiedad sin el CH.

Como resultado del DON, el notario redacta las escrituras de la vivienda, que se inscriben debidamente en el Registro de la Propiedad.

Por lo tanto, para completar el registro de una propiedad, se necesitan los siguientes documentos:

  • El proyecto de construcción de su arquitecto.
  • La licencia de obras.
  • Licencia de obra final – (CFO) Licencia o Certificado Final de Obra
  • Declaración de obra nueva-DON (Declaración de Obra Nueva).
  • Seguro decenal (Seguro Decenal) – Es voluntario

Gastos e impuestos: En este punto, es muy importante diferenciar dos conceptos que son los más utilizados en el mercado cuando alguien compra una parcela individual para construir:

1.- Comprar a un promotor o constructor el edificio final. En este caso, se adquiere la condición de «comprador» sobre plano. Esto significa que el constructor asume la posición del promotor y le ofrece la propiedad una vez finalizadas las obras.

De esta forma, usted paga al constructor el precio por etapas a medida que avanza el proceso de construcción. Y obtiene la posesión del edificio una vez finalizadas las obras.

Siguiendo este concepto:

  • El constructor es el «promotor»: esto significa que la licencia de obra está a «su» nombre, y no al «suyo».
  • Usted no tiene la propiedad del terreno. Esta permanece en manos del constructor hasta el final del proceso de construcción.
  • En caso de que la construcción fracase, no podrá recuperar las cantidades pagadas en el proceso para adquirir el terreno o las construcciones existentes en ese momento. Lo único que tendrá es una «deuda» con el constructor.
  • El constructor está obligado a contratar un «seguro de construcción» para garantizar que las cantidades pagadas a cuenta del precio se depositan en una cuenta bancaria garantizada.

    Así, en caso de que el proyecto fracase, podrá recuperarlos fácilmente directamente del banco.
    El constructor está obligado a contratar un «seguro de diez años» que cubre los defectos estructurales de la construcción durante 10 años.
    Cuando la propiedad está terminada, usted paga el precio final de la misma, al igual que si estuviera comprando una propiedad sobre plano, con los siguientes gastos:

  • 10 % de IVA sobre el precio total de la venta.
  • Gastos de notario y registro de la propiedad por la venta.
  • 1-2 % de impuesto de timbre sobre el precio de la venta.

2.- Adoptar la posición de autopromotor

En este caso es USTED, y no el constructor, quien adopta la posición de promotor del proyecto de construcción.

Siguiendo este concepto:

  • USTED es el «promotor»: esto significa que la licencia de obra está a «su» nombre.
  • Usted es el propietario del terreno. Este permanece en su poder hasta que decida venderlo.
  • En caso de que la construcción no se lleve a cabo o de que surja un conflicto legal con el constructor, usted conservará en todo momento el terreno y las construcciones existentes en ese momento.
  • El constructor NO está obligado a contratar una «garantía de construcción» para asegurar que los importes pagados a cuenta del precio estén asegurados en una cuenta bancaria garantizada.
  • El constructor NO está obligado a contratar el «seguro de diez años» para cubrir los defectos estructurales de la construcción durante 10 años.
    Se puede contratar de forma voluntaria en caso de que lo desee.
    Esto significa que usted asume la posición del promotor, por lo que deberá pagar los siguientes gastos:
    • El precio del terreno (recuerde que primero debe comprar el terreno)
    • Los honorarios del proyecto del arquitecto
    • Los honorarios del arquitecto por la licencia de obra final
    • Los honorarios del constructor y los materiales
    • Los honorarios del notario por la adquisición del terreno
    • Los honorarios del notario por la Declaración de Obra Nueva- DON
    • Los gastos de registro de la Declaración de la construcción «en obra»
    • Los gastos de registro de la inscripción de la DON

    Impuestos para:

    • Licencia de obra: 3-5 % sobre el presupuesto de construcción. Este presupuesto se fija en el mismo proyecto realizado por su arquitecto
    • Certificado de habitabilidad: alrededor de 200-1.000 € (dependiendo de la zona).
    • Impuestos sobre el terreno:
      • Si el terreno pertenece a un particular y no a una empresa, se aplicará un impuesto de transmisiones patrimoniales del 6-10 % sobre el precio del terreno. Este impuesto se pagará cuando las escrituras del terreno se transfieran a su nombre.
      • Si el terreno pertenece a una empresa, se aplicará un IVA del 21 %.
    • 1-2 % de impuesto de timbre sobre el precio total de la construcción. Este es el presupuesto de la vivienda cuando se declara para la DON. Y es necesario cuando se llevan las escrituras de la DON al registro de la propiedad para inscribir la vivienda en el terreno.
    • IVA por los honorarios del constructor, el arquitecto y los materiales.
      • Arquitecto: 21 % IVA
      • Constructor: 10 % IVA
      • Materiales:
        • Si ha comprado los materiales directamente usted mismo: 21 % IVA.
        • Si el constructor suministra los materiales: 10 % IVA

    Como puede observar, las diferencias entre la «compra sobre plano» y la «autopromoción» son muy elevadas, por lo que la decisión de optar por una u otra requiere un estudio detallado que debe realizar directamente con su asesor legal.

 

Inscripción en el Catastro para el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

En la posición del autopromotor, el Catastro sobre el terreno se denomina «rústico». En otras palabras, el terreno paga el impuesto municipal como «terreno».

El «Catastro» es la institución que se encarga de registrar las propiedades para mapas, planos, planos y a efectos del impuesto municipal.

Mientras que el «Registro de la Propiedad» y la «Escritura» (escrituras notariales de la propiedad) pueden confirmar la propiedad de un inmueble, así como las condiciones de dicha propiedad, como quién es el propietario, en qué porcentaje, si existen limitaciones o cargas (como hipotecas, subastas públicas, litigios judiciales, etc.), el «Catastro» le dará una mejor comprensión de los límites de la propiedad (normalmente en forma visual) y del tamaño y la descripción de la misma.Pero, cuando termine de construir una casa en ese terreno, deberá informar al Catastro (autoridad fiscal municipal) de que en ese terreno ahora hay una «casa», con unas especificaciones determinadas.
Si no lo hace, puede tener problemas en el futuro.

Hay zonas en España (como Andalucía y Murcia) en las que el notario, al declarar una nueva vivienda sobre un terreno preexistente, envía las escrituras al Catastro para informar de la modificación. Así, una vez que tiene las escrituras del DON en el registro de la propiedad, el trámite habrá finalizado. Sin embargo, en otras zonas, como la Comunidad Valenciana, una vez presentada la escritura de la propiedad con el DON en el Registro de la Propiedad, debe llevar una copia del CFO y la licencia de obras al Catastro, con el fin de informarles de que, sobre el terreno, ahora hay una vivienda. Si no lo hace, se pondrán en contacto con usted en un futuro próximo para que les facilite estos documentos.

Una vez que la construcción está debidamente inscrita en el Catastro, el trabajo ha terminado y, en poco tiempo (a veces se tarda entre 1 y 2 años), empezará a recibir las facturas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).